Cuando una empresa o persona invierte en activos financieros que cotizan en bolsas extranjeras, es posible que los rendimientos generados estén sujetos a retención en el país de origen. Esta situación genera lo que se conoce como «doble imposición», ya que en el sistema tributario español del IRPF o del IS (Impuesto sobre Sociedades), se tributa por renta mundial, lo que implica que estos rendimientos también deben tributar en España.
Por ejemplo, si un ciudadano español o una empresa recibe dividendos de una inversión en el extranjero, podría estar pagando impuestos en el país de origen y, posteriormente, en España. Para evitar esta doble tributación, la ley contempla una deducción que puede aplicarse tanto en la declaración de la Renta (en el caso de personas físicas) como en el Impuesto sobre Sociedades (si se trata de una empresa).
El sistema tributario español permite al contribuyente deducir la menor de las siguientes cantidades:
El importe pagado en el extranjero: Este importe debe ser por concepto de un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al IRPF/IRNR o al IS, según el tipo de contribuyente.
El tipo medio efectivo de gravamen: Este se calcula aplicando el tipo medio de gravamen a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero. Para determinar el tipo medio de gravamen, se multiplica por 100 el cociente obtenido al dividir la cuota líquida del impuesto entre la base liquidable.
Gracias a esta deducción, se reduce el importe total del impuesto a pagar, evitando que se tribute dos veces por el mismo ingreso, ya sea por un dividendo o por una ganancia patrimonial.
La Ley del IRPF establece que en España se tributa por la renta mundial, lo que significa que los rendimientos derivados de dividendos y ganancias patrimoniales deben incluirse en la Base Imponible del Ahorro. Esta integración incluye los dividendos por acciones o las ganancias patrimoniales provenientes de la venta de fondos de inversión, sin duplicar la tributación gracias a la deducción por doble imposición.
Es importante tener en cuenta que la deducción solo se aplica al importe efectivamente pagado en el extranjero. No es posible deducir impuestos no pagados debido a exenciones, bonificaciones u otros beneficios fiscales. Además, si las rentas provienen de un país con el que España tiene un convenio para evitar la doble imposición, la deducción no puede superar el impuesto estipulado en dicho convenio.
En algunos casos, el impuesto pagado en el extranjero no será completamente deducible si no es idéntico al IRPF o IS español. En estos casos, la cantidad puede considerarse como un costo o comisión.
Si la deducción no puede aplicarse completamente en un período fiscal porque la cuota íntegra es inferior a la deducción, se permite deducir el importe restante en períodos fiscales futuros.
A diferencia del sistema español, algunos países de Europa aplican un régimen de exención de los dividendos en el país de origen. Otros aplican una exención parcial, lo que puede resultar en una tributación más baja en comparación con España.
En algunos casos, el contribuyente puede optar por no aplicar la exención y, en su lugar, tributar los dividendos en el país de origen, aprovechando un tipo de retención reducido previsto en un Tratado de Doble Imposición. Esta estrategia puede ser ventajosa cuando el tipo impositivo en origen es menor que en España.
En cuanto a las ganancias derivadas de la venta de participaciones, la exención solo cubre las ganancias positivas, mientras que las pérdidas se pueden deducir en la declaración del contribuyente.
Por su parte, la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece que la exención no se aplicará en aquellos casos donde la empresa integre los dividendos o ganancias patrimoniales obtenidos en el extranjero y opte por la deducción por doble imposición internacional.
La aplicación correcta de la deducción por doble imposición puede resultar compleja. En Isaac Romà, contamos con un equipo de abogados y asesores fiscales especializados en temas de doble imposición y tributación internacional. Estamos aquí para ayudarte a maximizar los beneficios fiscales y asegurarte de que tu empresa cumpla con todas sus obligaciones tributarias de manera eficiente.
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