En el ámbito laboral, la terminación de un contrato de trabajo es un proceso delicado y complejo, especialmente cuando se trata de un despido. Este artículo busca aclarar qué se entiende por despido según el Estatuto de los Trabajadores (ET) y las diferentes causas que pueden llevar a su ejecución. Exploraremos los requisitos legales que deben cumplirse para evitar que un despido sea calificado como improcedente o nulo, además de analizar el impacto de las nuevas formas de comunicación en este contexto. Ofreceremos recomendaciones prácticas para las empresas, y también revisaremos la postura de los tribunales, proporcionando una guía completa y actualizada para empresas y empleados.
¿Qué se entiende por despido? El despido es el acto mediante el cual una empresa decide finalizar la relación laboral con un trabajador. Según el artículo 49 del ET, el despido es una de las causas de extinción del contrato de trabajo.
En la práctica, se suele referir como despido tanto a las extinciones basadas en causas disciplinarias como objetivas. Sin embargo, legalmente, el término «despido» se aplica específicamente a las razones disciplinarias. Las extinciones por causas objetivas, reguladas en un artículo separado, implican una clara diferencia en la voluntad del trabajador. En el despido disciplinario, se considera la conducta del empleado, mientras que en las causas objetivas, la conducta del trabajador no es un factor determinante.
Requisitos comunes para los despidos El ET establece requisitos formales obligatorios cuya falta de cumplimiento puede resultar en que el despido sea considerado improcedente o nulo, lo que conlleva consecuencias legales. Tanto los despidos objetivos como los disciplinarios están regulados en los artículos 53 y 55 del ET, y ambos exigen una notificación por escrito, excluyendo otras formas como el despido verbal. Además, es imprescindible especificar claramente las causas que motivan la extinción del contrato.
No cumplir con la notificación escrita automáticamente lleva a que el despido se considere improcedente, sin necesidad de evaluar las causas que lo justifican, incluso si se comunicaron verbalmente al trabajador.
Impacto de las nuevas formas de comunicación En la actualidad, medios como el correo electrónico o aplicaciones como WhatsApp han reemplazado a los métodos tradicionales de comunicación. Sin embargo, esto no implica que estos canales sean válidos para notificar un despido de acuerdo con la ley.
Aunque la Ley no especifica el medio exacto para la notificación escrita, tradicionalmente se utilizan métodos como la entrega en mano, el burofax o el correo certificado, que permiten acreditar la identidad del receptor. Los medios electrónicos solo serán válidos si garantizan la autenticidad de la notificación y la recepción por parte del trabajador.
Postura de los tribunales Los tribunales han declarado improcedentes muchos despidos notificados mediante WhatsApp o correo electrónico. Un ejemplo es la sentencia del TSJ de Cataluña de 10 de abril de 2024, que declaró improcedente un despido por causas objetivas notificado a través de un correo electrónico certificado. La empresa no pudo acreditar la titularidad del correo ni que fuera la trabajadora quien lo recibió, lo que llevó a la sentencia de improcedencia.
Recomendaciones para notificar un despido Hasta que los problemas con las nuevas formas de comunicación sean resueltos, se recomienda a las empresas utilizar los métodos tradicionales, como el burofax o la notificación notarial, para garantizar la validez de la notificación. Además, es recomendable que las empresas cuenten con políticas de uso adecuado del correo electrónico, consentimientos firmados y protocolos de desconexión digital.
Enviar correos electrónicos fuera del horario laboral puede vulnerar el derecho del trabajador a la desconexión digital y generar sanciones para la empresa, además de dar lugar a solicitudes de extinción del contrato por incumplimiento de obligaciones empresariales.
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